Así, adjuntamos Planilla EXCEL con Fórmulas y vínculos para liquidar sueldos bajo el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SANIDAD 108/75.
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Para empezar, recordar que el Convenio Colectivo de Trabajo 108/75 comprende al personal técnico, administrativo, obrero y de maestranza que trabaja en establecimientos de salud sin internación.
En particular, alcanza a institutos médicos u odontológicos sin internación, laboratorios biológicos y de análisis clínicos, rayos X o similares, consultorios, centros de diagnóstico, clínicas e institutos vinculados a la recuperación, conservación o preservación de la salud.
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Liquidador de Sueldos – F931 Excel con fórmulas, recibos y cargas sociales para distintos Convenios Colectivos de Trabajo.
Posteriormente, se debe tener en claro que este convenio requiere una correcta categorización del trabajador según las tareas efectivamente realizadas.
Seguidamente, se debe atender a las escalas salariales vigentes, los adicionales convencionales, la antigüedad, las jornadas de trabajo y los aportes sindicales correspondientes.
Adicionalmente, resulta importante revisar cada acuerdo paritario, ya que Sanidad suele tener actualizaciones periódicas que modifican básicos, sumas remunerativas, sumas no remunerativas o contribuciones especiales.
Básicamente, este Convenio se complementa con la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 respecto del régimen general de vacaciones.
Por tal motivo, para liquidar vacaciones en Sanidad 108/75, se debe considerar:
La antigüedad del trabajador.
La cantidad de días de licencia que correspondan.
El salario normal y habitual.
Los adicionales que integren la base de cálculo.
Las particularidades de jornada completa, jornada parcial o trabajadores mensualizados.
Para liquidar correctamente en CONVENIO SANIDAD 108/75, se deben considerar los aportes legales y convencionales que correspondan, con 1 F931 ARCA muy particular (aún vigente a hoy):
En particular:
Aportes jubilatorios.
Ley 19.032.
Obra Social.
Aportes sindicales, cuando correspondan.
Cuota sindical del trabajador afiliado, si correspondiera.
Contribuciones patronales de seguridad social.
Contribuciones de obra social.
ART.
Seguro de vida obligatorio.
Contribuciones especiales previstas en acuerdos paritarios vigentes.
Aunque parezca simple, resulta fundamental revisar cada mes las novedades del convenio, porque una liquidación desactualizada puede generar diferencias salariales, errores en recibos, diferencias en F931 o inconsistencias frente a ARCA.
También se debe atender la distinción entre trabajadores de jornada completa, jornada parcial, media jornada o jornada reducida.
Este punto es clave porque impacta directamente en:
El sueldo básico proporcional.
Los adicionales.
La obra social.
Las contribuciones patronales.
La base imponible del F931.
La liquidación de feriados, licencias, vacaciones y SAC.
Por esta razón, antes de liquidar, se debe definir correctamente si el empleado se encuentra contratado por jornada completa o por una modalidad parcial.
Inmediatamente, recordamos las características principales del CONVENIO SANIDAD 108/75.
Según el CCT 108/75, el personal debe categorizarse de acuerdo con las tareas efectivamente realizadas dentro del establecimiento.
El convenio comprende, entre otros, a trabajadores de:
Personal técnico.
Personal administrativo.
Personal obrero.
Personal de maestranza.
Personal de laboratorios.
Personal de rayos X o similares.
Personal de consultorios.
Personal de institutos médicos u odontológicos sin internación.
Personal de centros de diagnóstico y tratamiento sin internación.
En particular, el personal técnico y de maestranza debe encuadrarse según la función real que cumple dentro de la institución.
Por ejemplo, pueden existir tareas vinculadas a laboratorio, análisis clínicos, asistencia técnica, mantenimiento, limpieza, servicios auxiliares o colaboración en sectores específicos del establecimiento.
En consecuencia, no basta con colocar una denominación genérica en el recibo de sueldo: la categoría debe guardar relación con las tareas reales del trabajador.
También, el personal administrativo debe liquidarse conforme a las funciones efectivamente desarrolladas.
En este punto, pueden incluirse tareas de recepción, turnos, atención al público, facturación, carga de datos, autorizaciones, gestión administrativa, archivo o asistencia operativa dentro del establecimiento.
Por este motivo, es importante revisar si el trabajador cumple una función meramente administrativa o si además realiza tareas técnicas, auxiliares o de otra naturaleza.
Evidentemente, el encuadramiento correcto es uno de los puntos más importantes al liquidar sueldos de Sanidad.
Un error de categoría puede provocar:
Diferencias salariales.
Reclamos laborales.
Errores en recibos de sueldo.
Diferencias en vacaciones y SAC.
Errores en cargas sociales.
Problemas ante inspecciones del Ministerio de Trabajo o ARCA.
Por lo tanto, cada empleador debe revisar no solamente el nombre del puesto, sino las tareas reales que cumple el trabajador dentro del establecimiento.
En cualquier caso, cuando un trabajador realiza tareas mixtas o cumple funciones de más de una categoría, se debe analizar cuál es la tarea principal, habitual y efectiva.
De hecho, este punto suele ser muy importante en pequeños consultorios, laboratorios, centros médicos o institutos donde una misma persona puede realizar atención al público, tareas administrativas, colaboración operativa y asistencia interna.
Por este motivo, la liquidación no debe hacerse en forma automática, sino revisando la realidad laboral del establecimiento.
Para liquidar correctamente el CCT Sanidad 108/75, también se deben considerar los feriados trabajados y no trabajados, las licencias legales, las ausencias justificadas e injustificadas y toda novedad mensual informada por el empleador.
Especialmente, se debe prestar atención a:
Feriados nacionales.
Días no laborables.
Licencias por enfermedad.
Licencias especiales.
Ausencias injustificadas.
Suspensiones.
Vacaciones.
SAC.
Horas adicionales, si correspondieran.
Cada uno de estos conceptos puede modificar el sueldo bruto, los descuentos, el neto a cobrar y las bases imponibles del F931.
Por otra parte, se recuerda la necesidad de liquidar correctamente las cargas sociales del empleador.
En la práctica, no alcanza con emitir el recibo de sueldo: luego se debe declarar correctamente la información en el Formulario 931 de ARCA.
Por tal motivo, es fundamental revisar:
Remuneración total.
Remuneraciones imponibles.
Aportes de seguridad social.
Aportes de obra social.
Contribuciones patronales.
ART.
Seguro de vida obligatorio.
Bases imponibles diferenciales, si correspondieran.
Conceptos remunerativos y no remunerativos.
Sin duda alguna, un buen Excel de liquidación permite reducir errores y acelerar el trabajo mensual.
Por esta razón, contar con una planilla Excel con fórmulas para liquidar Sueldos, Recibos y Cargas Sociales de Sanidad CCT 108/75 es de vital importancia.
Por ejemplo, ofrecemos a modo de ejemplo, la siguiente herramienta:
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Del mismo modo que un sistema, permite ordenar la información mensual, calcular los conceptos principales, controlar descuentos y preparar la información necesaria para la declaración de cargas sociales.
A pesar de los cambios en materia laboral y salarial, la planilla puede actualizarse ante cada nuevo acuerdo paritario o modificación normativa.
En consecuencia, es importante liquidar Sueldos y Cargas Sociales de CONVENIO SANIDAD 108/75 con seguridad, rapidez y criterio técnico.
Esta herramienta puede resultar útil para:
Estudios contables.
Liquidadores de sueldos.
Empleadores del sector salud.
Consultorios médicos.
Consultorios odontológicos.
Laboratorios de análisis clínicos.
Centros de diagnóstico.
Centros médicos sin internación.
Institutos de salud.
Administrativos de recursos humanos.
Estudiantes de liquidación de sueldos.
Sin duda alguna, el Convenio Sanidad 108/75 requiere especial atención por sus categorías, adicionales, acuerdos salariales, aportes, contribuciones y particularidades propias del sector salud.
Al contrario de lo que muchas veces se cree, no se trata solamente de cargar un básico y descontar aportes.
Los constantes cambios salariales y normativos obligan a revisar cada liquidación antes de emitir recibos y presentar cargas sociales.
Por esta razón, contar con una planilla Excel con fórmulas para liquidar Sanidad CCT 108/75 permite trabajar con mayor seguridad, rapidez y control.
Antes que nada, consultar por Whatsapp o email las 24 hs.
Estudio Impositivo – Laboral Marsden & Asociados
Cdor. UBA Mariano Marsden
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