Efectivo cero para el pago de tus impuestos

AFIP, a través de «efectivo cero», implementó modalidad de pago según el concepto denominado «bancarizado».

Impuesto al Valor Agregado

  • Grandes contribuyentes

¿Cómo puedo pagar?

  • Transferencia electrónica de fondos

¿Dónde puedo pagar?

a) En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.linkpagos.com.ar,http://www.pagomiscuentas.com ó http://www.interbanking.com.ar). Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.

Interbanking
Link Pagos
Pago mis cuentas

b) En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción «Pagos AFIP». El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

  • Resto de Contribuyentes

¿Cómo puedo pagar?

  • Transferencia Electrónica de Fondos

¿Dónde puedo pagar?

1. Homebanking. A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.

2. a) En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.linkpagos.com.ar,http://www.pagomiscuentas.com ó http://www.interbanking.com.ar). Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.

Interbanking
Link Pagos
Pago mis cuentas

b) En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción «Pagos AFIP». El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

Efectivo Cero. Cronograma de implementación

Ver infografías de implementación: Desde el 1° de Agosto de 2017 y Desde Noviembre de 2017 y Enero 2018

Obligación Medio de Pago Desde
Pagos de hasta $ 10.- por cualquier concepto Transferencia electrónica de fondos (VEP) 1° de Agosto de 2017
IVA
Seguridad Social. Empleadores(excepto obligaciones de empleadores del personal de casas particulares)
Impuesto a las ganancias personas físicas e impuesto sobre los bienes personales (saldo de declaración jurada)
Impuesto a las ganancias personas físicas e impuesto sobre los bienes personales (anticipos)
  • Transferencia electrónica de fondos (VEP)
  • Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito
  • Débito en cuenta a través de cajeros automáticos
  • Débito directo en cuenta bancaria
  • Pago electrónico mediante la utilización de Tarjetas de Crédito y/o Débito.
  • Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el BCRA e implementado por AFIP.
Autónomos: Categorías II y II’
Monotributo: Categorías A, B y C Noviembre 2017
Autónomos: Categorías I y I’ 1° de Enero 2018
(*)Restantes obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

(*)Excepto que por una norma específica existiera la obligación de pagar únicamente por VEP.